Incidentes en materia familiar. Parte 1.

¿Sabes qué son los incidentes en materia familiar?

 

 

Partamos de lo elemental: un juicio o una controversia familiar es un procedimiento judicial que resuelve una autoridad jurisdiccional, es decir, un juez en materia familiar. Actualmente en México, los jueces resuelven con fundamento en la legislación civil común, toda vez que no existe un código especializado en derecho de familia. Ejemplos: solicitud de divorcio; juicio sucesorio testamentario; juicio sucesorio intestamentario; juicio ordinario civil de reconocimiento de paternidad, etc.

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Incidentes

 

Dicho lo anterior, podemos decir que un incidente es un procedimiento adyacente al principal (a cualquiera de los anterior). No necesariamente es contencioso, por lo que no siempre se sigue la vía incidental para demandar en perjuicio de una contraparte o adversario.

La regulación de la vía incidental es confusa y poco precisa, más aún en materia familiar. Sin embargo, el objeto de este texto es compartir contigo que los procedimientos o controversias familiares no necesariamente concluyen con una sentencia definitiva, ya que los incidentes, como “pequeños juicios”, se resolverán en una sentencia distinta a la definitiva y que conocemos como interlocutoria.

Especialmente en materia familiar, es muy usual que los abogados promovamos incidentes, con la finalidad de pedir a la autoridad que resuelva sobre cuestiones específica, que pueden acontecer incluso tiempo después de que el procedimiento principal haya concluido.

A continuación, encontrarás algunos ejemplos de los incidentes que se pueden promover en materia familiar. Debemos destacar que algunas denominaciones no las encontrarás en la legislación local, es decir, posiblemente el incidente no lo encontrarás con ese “nombre” en la legislación que consultes, precisamente porque sería muy complicado para el legislador, poder agotar en los códigos civiles, todas las precisiones que en materia familiar pueden surgir y que no se resuelven en el juicio o controversia principal.

Algunos incidentes en materia familiar:

 

  • Incidente de modificación de domicilio habitual de menor.
  • Incidente de cuestiones inherentes al divorcio.
  • Incidente de cancelación de pensión alimenticia.
  • Incidente de pago de pensiones.
  • Incidente de visitas y convivencias.
  • Incidente de rendición de cuentas.
  • Incidente de consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.
  • Incidente de ejecución de convenio.
  • Incidente de cambio de guarda y custodia.
  • Incidente de cumplimiento de convenio por diferencias en pensión alimenticia.
  • Incidente de modificación al régimen de visitas y convivencias.
  • Incidente de cese de pensión alimenticia.
  • Incidente de administración y rendición de cuentas sobre uso y destino de pensión
  • Incidente de ejecución de sentencia de liquidación de sociedad conyugal.
  • Incidente de reducción de pensión alimenticia.
  • Incidente de cesación de visitas y convivencias.
  • Incidente de compensación económica.
  • Incidente de pago de pensión alimenticia retroactiva.
  • Incidente para regulación de visitas y convivencias para el periodo vacacional.
  • Incidente para determinar guarda y custodia definitiva convivencia y alimentos.
  • Incidente de cancelación parcial de pensión alimenticia.
  • Incidente de compensación económica.
  • Incidente de ejecución y cumplimiento forzoso de convenio.
  • Incidente de incremento de pensión alimenticia.
  • Incidente de pensión alimenticia y protección de la salud.
  • Incidente de modificación de medidas provisionales.
  • Incidente de liquidación de gananciales.

La tramitación de cada incidente requiere de un estudio minucioso de los antecedentes o actuaciones judiciales que ya integran el expediente principal, ya que de ello depende la estrategia que deba seguirse para promover el incidente que a juicio del abogado especialista, sea procedente en la controversia o juicio en el que se intente. Esto significa que debe proporcionarse acceso o autorización a los abogados encargados, a la totalidad de los cuadernos que integren el expediente principal, y en caso de que las actuaciones hayan sido remitidas al Archivo Judicial, pedir su devolución.

 

 

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